viernes, 6 de marzo de 2009

La discusión de las indemnizaciones por desempleo: una falacia vergonzante.


Cada mañana podemos comprobar las largas colas del paro. Una escena que manteníamos en el olvido durante más de diez años de crecimiento continuado. En un solo año, el paro ha crecido en más de un millón de personas, situándonos en una primera cifra histórica de parados registrados, al situarse en casi tres millones y medio de personas.
La espectacularidad de las cifras al compararse con otras crisis debe mucho al actual tamaño del mercado laboral español. A comienzos de 1985, tuvimos algo más de 3 millones, pero la tasa de paro (porcentaje de parados sobre el total de activos) fue superior, ya que entonces la población activa apenas alcanzaba los 15 millones de personas. Ahora la población activa es de 23 millones.Se trata, hasta el momento, del número de desempleados más alto de la historia (410.000 de ellos extranjeros), lo que trae consigo el aumento de quienes cobran prestaciones por desempleo. Un aspecto negativo, es que alrededor de 900.000 parados no perciben prestación alguna.
El fuerte ajuste laboral se sustenta en el mismo sector sobre el que se edificó el “milagro económico español”: la construcción. Su tremenda fortaleza fue el motor de la creación de empleo; su derrumbe, motiva una fuerte destrucción de puestos de trabajo (los parados procedentes del ladrillo se han duplicado en 2008).
Por si fuera poco, tras la construcción llegó la sequia del crédito motivada por el colapso financiero mundial. La industria y los servicios, en este orden, se han ido incorporando a la destrucción del empleo, aumentando de forma sorprendente, por su tremenda aceleración, la intensidad del ajuste.
El año 2008 se ha cerrado con una destrucción de empleo importante. Igualmente lo reflejan las cifras de afiliación a la Seguridad Social. El año pasado acabó con 18,5 millones de cotizantes, 841.465 menos que 2007. Pese a este descenso, todavía se confía en conseguir que el mencionado instituto público contabilice un superávit del 1,2% del PIB al cerrar las cuentas del ejercicio de 2008.
De cara al futuro, los analistas no prevén un cambio inmediato de tendencia. El año que hemos comenzado será "duro y difícil". Continuará la destrucción de empleo. Ahora bien, ¿lo hará con la misma intensidad? Dado que casi se da por hecho que el paro alcanzará la cifra de 4 millones, ¿llegaremos a los 5 millones de parados?

Conviene recordar cómo funciona la cobertura del desempleo en España.Hoy por hoy, la protección económica por desempleo no cubre a los autónomos, que se encuentran prácticamente desprotegidos y, dentro del colectivo de trabajadores por cuenta ajena, no todos tienen derecho a percibir económicamente el desempleo, ya que hay que cumplir determinados requisitos.Para poder percibir las prestaciones es preciso haber cotizado previamente al menos durante 12 meses. Además, el trabajo se debe haber perdido involuntariamente: despido individual, expediente de regulación de empleo (ERE), traslado de localidad, fin de contrato temporal sin que la empresa pretenda prorrogarlo, etc.

La protección por desempleo se articula en dos niveles:
Nivel "contributivo", para aquellos trabajadores por cuenta ajena, que han perdido su trabajo por causas ajenas a su voluntad, y que por lo tanto han cotizado con anterioridad.

Nivel "asistencial" destinado, entre otros, a aquellos trabajadores que o bien ya han agotado el nivel anterior y siguen sin ingresos suficientes, o bien no pueden percibir el nivel contributivo por no haber cotizado 12 meses.
El nivel contributivo consiste, fundamentalmente, en la llamada prestación por desempleo. Su cuantía depende del salario dejado de percibir por el trabajador, con un mínimo y un máximo que varía de acuerdo con el número de hijos a cargo. Se pueden percibir desde un mínimo que varía según se tengan o no hijos. Si no se tienen, la cantidad es de 492,09 euros al mes sin hijos, y si se tienen es de hasta 658,17 euros mensuales. El máximo de la prestación es de 1076,44 euros al mes si no se tienen hijos, 1230,22 con un hijo, y hasta 1383,40 euros mensuales con dos o más hijos a cargo. Cantidades a las que habría que descontar las cotizaciones a la Seguridad social y el correspondiente IRPF.
Por supuesto, el cobro de la prestación por desempleo, no es posible indefinidamente. Su duración depende del tiempo trabajado con anterioridad, percibiéndose como mínimo durante 4 meses, y como máximo durante dos años.
El nivel asistencial, es bastante más inusual que el anterior. Para tener derecho al mismo se exigen muchísimas condiciones no fáciles de cumplir. Va dirigido, básicamente, a aquellos trabajadores que después de haber agotado el nivel contributivo, siguen sin encontrar un puesto de trabajo y carecen de rentas superiores a 468 euros al mes. Deben tener, además, familiares a su cargo o bien, si no los tienen, ser mayores de 45 años. Su cuantía es igual para todos, y consiste en una cantidad de 421,79 euros mensuales durante el año 2009, y su duración varía desde 6 meses hasta 18 y en algún supuesto aislado hasta 30 meses.
Algunos sectores, han cuestionado la eficacia de la protección del desempleo, respecto a los incentivos para la búsqueda de un nuevo empleo.

Por otro lado, recientemente se ha introducido otra nueva polémica que comenzó con las declaraciones del Gobernador del Banco de España, Fernández Ordoñez, cuestionando a las indemnizaciones por desempleo. Reclamó una reforma laboral, afirmando “que los costes de despido, a cargo exclusivamente del sector privado, desincentivan la contratación y la creación de empresas”.

No está de más que recordemos la situación actual:

En este momento, para un despido individual, la Indemnización, que suele ser pagada o depositada en el Juzgado de lo Social a disposición del trabajador, es de 45 días de salario bruto por año prestado de servicio, con un tope de 42 mensualidades.Según la Jurisprudencia, se toma como salario bruto el vigente en el momento del despido. Se incluirá un prorrateo de los conceptos variables (por ejemplo de las horas extras ya que pueden variar de un mes a otro), así como el prorrateo de las pagas extraordinarias.
Un ejemplo ayudará a comprender mejor este importante asunto:Para un trabajador que, de acuerdo con el cálculo anterior, tiene un salario bruto de 1.800 euros al mes.
Pues bien, 1.800 euros al mes dividido 30 días, nos da un salario hora de 60 euros al día.
Si su antigüedad en la empresa es de 15 años, la indemnización será el resultado de la siguiente operación:
45 días x 15 años x 60 euros al día = 40.500 euros.
Y el tope de indemnización, en este caso, es:
42 mensualidades x 1.800 euros al mes = 75.600 euros.
También se podría haber calculado como:
Tope de 42 mensualidades x 30 días al mes = 1.260 días.
Por tanto:
1.260 días x 60 euros al día = 75.600 euros.
Así, si se ha trabajado en la empresa de la que es despedido, durante dos años, la indemnización será de 90 días del salario diario. Sólo cuando haya trabajado más de 28 años en esa empresa, percibirá el máximo de 1.260 días (42 mensualidades).
Pues bien, volviendo a las propuestas de modificación en este capítulo, cabe plantearse, si la situación en la que quedan los trabajadores afectados por estos despidos es, en general, equivalente a la de sus antiguos empleadores. ¿No existen asimetrías? Un ejemplo: ¿es igual la situación del señor Martín de la inmobiliaria Martin Fadesa, tras la quiebra de su inmobiliaria, que aquella en la que hayan podido quedar los trabajadores que se han visto, a consecuencia de lo anterior, a engrosar las listas del desempleo?

Por otro lado, ¿la reducción de las indemnizaciones por despido es una medida de fomento del empleo?, ¿o simplemente, se trata de un abaratamiento del despido? Desde luego, en la actual situación económica no parece que una medida de este calibre fuese a incrementar el empleo. Más bien, podría dar lugar a todo lo contrario.

La realidad, es que se trata simplemente de un abaratamiento del coste del despido, y no de una medida de fomento del empleo. Esto es irrefutable, por mucho que se empeñen en negarlo los empresarios, y algunos tertulianos, quizá de intereses poco claros, en defender esa medida. Alguno, frecuente asistente a muchas de ellas, incluso le he oído afirmar, que la causa del paro que, tradicionalmente, existe en España, se debe a ese aspecto de las indemnizaciones por despido.
Cuando en realidad, me consta que conoce que la causa no es otra que las propias características del desarrollo económico español durante los años sesenta y setenta, ya que se generaron menos empleos que los que se perdieron en la agricultura (ese excedente fue el que, precisamente, absolvió la emigración española), y que la construcción ha tenido desde, prácticamente, desde entonces, un peso demasiado elevado en nuestro mercado de trabajo.

La manipulación de la realidad, para imputar la causa del paro a las indemnizaciones por desempleo, además de falaz, es vergonzante y corrupta. Así que llamemos a las cosas por su nombre.

2 comentarios:

  1. Si uno se pasa por los juzgados de lo social verá que las empresas no abonan las indemnizaciones de los trabajadores porque no tienen dinero, el empresario cierra la empresa y el trabajador acaba en el FOGASA, o sea pagamos todos las indemnizaciones de los trabajadores. El abaratamiento del despido es inevitable no se puede proteger el puesto de trabajo teniendo una indemnización alta, se debe proteger el trabajador incrementando su cualificación.
    Es por tanto que si me permite discrepo de su artículo.

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  2. Hola Anónimo, estoy totalmente de acuerdo en lo que dices que hay que incrementar la cualificación del trabajador.
    Ahora bien, ¿bajando las indemnizaciones por desempleo se genera empleo? ¿o simplemente se abarata el coste de despido?
    Según el planteamiento teórico clásico, bajando los salarios reales, eliminando a los Sindicatos, eliminando las indemnizaciones, etc. se generaría empleo.
    Siento discrepar, no coincido con ese modelo teórico sino que en esto soy Keynesiano. A corto plazo, es muy dudoso que esa medidas generen empleo.
    No tengo que permitirte que discrepes: ¡es muy bueno discrepar! Estoy en contar del pensamiento único y encorsetado...
    Muchas gracias por tu comentario.
    Un saludo.

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